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	<title>#Disposición377 &#8211; Turismo y Derecho</title>
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	<description>Todo el Derecho del Turismo y la actualidad turística en un solo sitio</description>
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		<title>Cláusulas abusivas en turismo: impacto de la Disposición 377/2026 en contratos de agencias de viajes.Por Cecilia Inés Molinari</title>
		<link>https://www.turismoyderecho.com.ar/clausulas-abusivas-en-turismo-impacto-de-la-disposicion-377-2026-en-contratos-de-agencias-de-viajes-por-cecilia-ines-molinari/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[turismoyderecho]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Apr 2026 19:07:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[TurNoticias]]></category>
		<category><![CDATA[#CláusulasAbusivas]]></category>
		<category><![CDATA[#ContratosTurísticos]]></category>
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					<description><![CDATA[Por Cecilia Inés Molinari La reciente Disposición 377/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial actualiza el]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="padding-left: 40px; text-align: left;" align="center">
<p style="padding-left: 40px; text-align: left;" align="center"><em><strong><a href="https://www.turismoyderecho.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/33_ceciliainesmolinari.jpg"><img decoding="async" class="alignleft wp-image-7106" src="https://www.turismoyderecho.com.ar/wp-content/uploads/2026/04/33_ceciliainesmolinari.jpg" alt="" width="99" height="131" /></a>Por Cecilia Inés Molinari</strong></em></p>
<p align="justify">La reciente <b>Disposición 377/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial</b> actualiza el listado de cláusulas abusivas en contratos de consumo, en el marco de las facultades previstas en el artículo 38 de la Ley 24.240.</p>
<p align="justify">Si bien no introduce modificaciones estructurales al régimen jurídico vigente, la norma resulta relevante en tanto <b>sistematiza criterios actuales de interpretación y control</b>, incorporando supuestos vinculados a prácticas contractuales contemporáneas, especialmente en entornos digitales.</p>
<p align="justify">En el sector turístico, donde predominan los contratos de adhesión y las condiciones generales, esta actualización adquiere especial relevancia.</p>
<h4 align="justify"><b>Qué son las cláusulas abusivas según la Ley de Defensa del Consumidor</b></h4>
<p align="justify">El concepto de cláusula abusiva se encuentra regulado principalmente en el <b>artículo 37 de la Ley de Defensa del Consumidor</b>, que considera tales a aquellas condiciones contractuales que:</p>
<ul>
<li>
<p align="justify">desnaturalicen las obligaciones del proveedor</p>
</li>
<li>
<p align="justify">importen renuncia o restricción de derechos del consumidor</p>
</li>
<li>
<p align="justify">inviertan la carga de la prueba en su perjuicio</p>
</li>
</ul>
<p align="justify">La consecuencia jurídica es clara: <b>la cláusula se tiene por no convenida</b>, aun cuando haya sido aceptada por el consumidor.</p>
<p align="justify">Este criterio se ve reforzado por el <b>artículo 1118 del Código Civil y Comercial</b>, que establece que la conformidad expresa del consumidor no implica la validez de cláusulas abusivas.</p>
<h4 align="justify"><b>Disposición 377/2026: actualización del listado de cláusulas abusivas</b></h4>
<p align="justify">La Disposición 377/2026 se inscribe en una línea normativa previa que incluye las <b>Resoluciones 53/2003, 26/2003 y 994/2021</b>, mediante las cuales la autoridad de aplicación fue elaborando y actualizando listados de cláusulas consideradas abusivas.</p>
<p align="justify">En este sentido, la nueva disposición no crea categorías nuevas, sino que <b>actualiza y amplía el catálogo de supuestos</b>, incorporando situaciones propias de la contratación actual.</p>
<h4 align="justify"><b>El carácter enunciativo del listado: por qué no es un sistema cerrado</b></h4>
<p align="justify">Un aspecto central de la disposición es que el listado de cláusulas abusivas tiene carácter <b>enunciativo</b>.</p>
<p align="justify">Esto significa que:</p>
<ul>
<li>
<p align="justify">no constituye un catálogo cerrado</p>
</li>
<li>
<p align="justify">no agota los supuestos posibles</p>
</li>
<li>
<p align="justify">no limita la interpretación judicial</p>
</li>
</ul>
<p align="justify">En consecuencia, una cláusula puede ser declarada abusiva <b>aunque no esté expresamente incluida en el listado</b>, si genera un desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor.</p>
<h4 align="justify"><b>Control de cláusulas abusivas: diferencias entre vía administrativa y judicial</b></h4>
<p align="justify">El sistema argentino prevé un doble mecanismo de control.</p>
<p align="justify">Por un lado, existe un <b>control administrativo</b>, ejercido por la autoridad de defensa del consumidor, que utiliza estos listados como herramientas de fiscalización y sanción.</p>
<p align="justify">Por otro lado, subsiste el <b>control judicial</b>, que resulta determinante.</p>
<p align="justify">Aun cuando una cláusula haya sido utilizada durante años o haya superado controles administrativos, el consumidor puede cuestionarla judicialmente. Y en ese caso, el juez puede declararla abusiva y tenerla por no escrita, incluso si fue aceptada expresamente.</p>
<h4 align="justify"><b>Nuevas cláusulas abusivas en entornos digitales y contratación online</b></h4>
<p align="justify">La Disposición 377/2026 incorpora supuestos que reflejan la evolución de las prácticas contractuales, especialmente en el ámbito digital.</p>
<p align="justify">Entre ellos, se consideran abusivas cláusulas que:</p>
<ul>
<li>
<p align="justify">presumen aceptación contractual por la mera navegación en una página web</p>
</li>
<li>
<p align="justify">prohíben o sancionan reseñas negativas</p>
</li>
<li>
<p align="justify">trasladan automáticamente riesgos al consumidor</p>
</li>
<li>
<p align="justify">establecen usos de datos personales incompatibles con la normativa vigente</p>
</li>
</ul>
<p align="justify">Asimismo, la norma reafirma la abusividad de cláusulas tradicionales como aquellas que permiten la modificación o interpretación unilateral del contrato, o que limitan la responsabilidad del proveedor de manera amplia.</p>
<h4 align="justify"><b>Contratos turísticos y derecho del consumidor: un sector bajo especial control</b></h4>
<p align="justify">El turismo es un sector particularmente sensible al control de cláusulas abusivas.</p>
<p align="justify">La actividad se estructura, en gran medida, sobre:</p>
<ul>
<li>
<p align="justify">contratos de adhesión</p>
</li>
<li>
<p align="justify">condiciones generales preestablecidas</p>
</li>
<li>
<p align="justify">cadenas complejas de prestación de servicios</p>
</li>
</ul>
<p align="justify">En este contexto, el consumidor no negocia las condiciones, sino que adhiere a ellas, lo que justifica un mayor nivel de protección.</p>
<h4 align="justify"><b>Responsabilidad solidaria en turismo: impacto del artículo 40 de la LDC</b></h4>
<p align="justify">Un aspecto central en materia turística es la aplicación del <b>artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor</b>, que establece la responsabilidad solidaria de todos los integrantes de la cadena de comercialización.</p>
<p align="justify">Esto implica que, frente al consumidor, no resulta suficiente invocar la actuación de un tercero —como un transportista o prestador— para excluir responsabilidad.</p>
<p align="justify">La intervención de otros sujetos no elimina, por sí sola, los deberes de información, asistencia y gestión que corresponden a quienes participan en la contratación</p>
<h4 align="justify"><b>Cláusulas abusivas frecuentes en agencias de viajes y operadores turísticos</b></h4>
<p align="justify">En la práctica, existen ciertas cláusulas recurrentes en contratos turísticos que pueden resultar problemáticas desde la perspectiva del derecho del consumidor.</p>
<p align="justify">Entre ellas se destacan:</p>
<ul>
<li>
<p align="justify">las que pretenden excluir responsabilidad invocando el carácter de intermediario</p>
</li>
<li>
<p align="justify">las que habilitan modificaciones amplias del servicio</p>
</li>
<li>
<p align="justify">las que trasladan automáticamente riesgos al consumidor</p>
</li>
<li>
<p align="justify">las que restringen derechos en materia de reclamos</p>
</li>
</ul>
<p align="justify">En todos los casos, la validez de estas cláusulas dependerá de su análisis concreto, en función del equilibrio contractual y de los deberes asumidos por las partes.</p>
<h4 align="justify"><b>Resolución 256/00: antecedentes y problemas en contratos turísticos</b></h4>
<p align="justify">El sector turístico cuenta con un antecedente relevante en la <b>Resolución 256/00 de la ex Secretaría de Turismo</b>, que aprobó condiciones generales de contratación utilizadas durante años por agencias de viajes.</p>
<p align="justify">Sin embargo, diversas cláusulas contenidas en ese modelo fueron posteriormente cuestionadas judicialmente, lo que evidencia que <b>la aprobación o difusión de un modelo contractual no garantiza su validez frente al control de abusividad</b>.</p>
<h4 align="justify"><b>Revisión de contratos turísticos: clave para prevenir conflictos legales</b></h4>
<p align="justify">La actualización del listado de cláusulas abusivas pone de relieve la necesidad de revisar periódicamente las condiciones contractuales.</p>
<p align="justify">En el ámbito turístico, donde los conflictos suelen derivar en reclamos administrativos o judiciales, el contrato cumple una función central como herramienta de prevención.</p>
<p align="justify">Una adecuada redacción, alineada con la normativa vigente y con la práctica jurisprudencial, puede marcar la diferencia en la resolución de conflictos.</p>
<h4 align="justify"><b>Conclusión: por qué el contrato es parte del producto turístico</b></h4>
<p align="justify">La Disposición 377/2026 no modifica el sistema de fondo, pero sí actualiza sus criterios de aplicación.</p>
<p align="justify">En un sector como el turismo, donde los contratos estructuran la relación jurídica y económica, esta actualización refuerza la necesidad de abordar la contratación con una mirada técnica y preventiva.</p>
<p align="justify">Porque, en definitiva, <b>en turismo, el contrato no es un accesorio: forma parte del diseño del producto.</b></p>
<hr />
<p align="justify"><em>Turismo y Derecho / Lextravel.ar</em></p>
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