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	<title>Transporte ferroviario &#8211; Turismo y Derecho</title>
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		<title>Vuelven los servicios de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros</title>
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		<pubDate>Wed, 21 Oct 2020 21:23:28 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo del Ministerio de Transporte, fiscaliza a través de su Comité de]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo del Ministerio de Transporte, fiscaliza a través de su Comité de Crisis Prevención Covid- 19 los servicios del transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional, a partir de la Resolución 222/2020 del Ministerio de Transporte que determinó su regreso y el protocolo aprobado este miércoles por Disposición CNRT 271/2020.</p>
<p>“Seguimos con el mismo objetivo de cuidar a todas y todos los argentinos. En esta apertura continuamos haciendo las fiscalizaciones al transporte de acuerdo a los protocolos que determinan las pautas de higiene y prevención para evitar la propagación del virus y aquellas que son para la seguridad del vehículo. Esta tarea se realiza junto a organismos nacionales, fuerzas provinciales y locales, para garantizar un transporte seguro”, detalló José Arteaga, Director Ejecutivo de CNRT.<br />
En este sentido, luego de la suspensión como consecuencia del COVID y la determinación del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), los servicios de transporte volvieron a funcionar a partir de la publicación de la resolución ministerial que indica que deberán tener previamente la autorización de cada jurisdicción provincial. A su vez, para seguir cuidando a quienes circulan y viajen por las rutas del país, el Comité de Crisis Prevención Covid – 19 de CNRT actualizó su protocolo de fiscalización a través de la Disposición CNRT 271/2020.<br />
Cabe recordar, que según el artículo 22 del Decreto 792/2020 el uso del servicio de transporte público de pasajeros interurbano e interjurisdiccional autorizado a circular quedará reservado para las personas con actividades y servicios esenciales contempladas en el art. 11 del mencionado decreto, así como para las personas que deban asistir a la realización de tratamientos médicos y sus acompañantes.</p>
<p><strong>¿Qué es lo que hay que saber?</strong></p>
<p>En la reanudación deberán aplicarse los respectivos protocolos y actualizaciones, que fueron elaborados por el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el transporte automotor y ferroviario”.</p>
<p>1- <strong>Venta o reserva de pasajes:</strong> se procurará utilizar medios no presenciales.</p>
<p>2- Previo al ingreso al vehículo el pasajero exhibirá la <strong>aplicación Cuidar o el Certificado Único Habilitante para circulación – emergencia covid-19”</strong><br />
Durante la espera, ascenso y descenso a los vehículos, o para retirar las valijas de las bauleras, los pasajeros deberán mantener la distancia social.</p>
<p>3- <strong>Toma de temperatura:</strong> Previo al ascenso al vehículo se le tomará la temperatura a los pasajeros y conductores.</p>
<p>4- Es obligatorio tanto para los conductores como para los pasajeros, el <strong>uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.</strong></p>
<p>5- <strong>Aviso a los pasajeros:</strong> Una vez que los pasajeros se encuentren a bordo, personal designado por la empresa transportista deberá informarles que deben denunciar la aparición de síntomas durante el viaje a la tripulación.</p>
<p>6- <strong>Movilidad a bordo:</strong> Se limitará la circulación de pasajeros dentro de la unidad, debiendo permanecer los mismos sentados en su butaca durante todo el recorrido, a excepción del momento que deseen utilizar el sanitario. Para ello, deberán aguardar que la señal luminosa indique que el mismo se encuentra disponible, evitando hacer una fila frente a su ingreso.</p>
<p><strong>Ocupación:</strong><br />
1. <em>“Semi Cama”:</em> podrán trasladar simultáneamente hasta 37 pasajeros (60 %).<br />
2. <em>Cama Ejecutivo:</em> podrán trasladar simultáneamente hasta 26 pasajeros (65%).<br />
3. <em>Cama Suite:</em> podrán trasladar simultáneamente hasta 18 pasajeros (80%).</p>
<p><strong>Ferroviario con ocupación al 60% por cada coche en servicio.</strong></p>
<p>7- <strong>Medidas de higiene:</strong> Todas las unidades contarán dentro del sanitario con suministros de jabón. No obstante, se recomienda a los pasajeros traer consigo otros productos de protección personal como alcohol en gel o toallas higiénicas para utilizar antes, durante y después del recorrido.</p>
<p>8- <strong>Catering, máquinas de café y jugo</strong> suspendidos los servicios de comidas y bebidas provistos por la empresa de transporte. Los pasajeros sí podrán traer consigo provisiones para consumir durante el trayecto.</p>
<p><strong>Se suspenderá momentáneamente todo material de lectura, así como también objetos como mantas, almohadas y/o auriculares.</strong></p>
<p>9- <strong>Ventilación permanente:</strong> mediante la apertura de sus ventanillas y/o puertas cuando se encuentre fuera de servicio, a la espera de la toma de servicio y cuando finalice el mismo. Durante el viaje se realizarán 20 renovaciones de aire por hora a través del aire acondicionado en modo no recirculación (aire exterior).</p>
<p>10- <strong>Alerta en recorrido:</strong> Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado en lo posible del resto de los pasajeros y mantener una distancia de seguridad de al menos 3 (m). Se activará el plan de contingencia y el conductor deberá comunicarse con el número 0800-222-1002 opción 1, a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje. Los conductores deberán contar con un listado de los centros de salud que se encuentran en la traza que realizan, para reportar cualquier caso sospechoso o emergencia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Fuente: CNRT</p>
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