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Brasil. Ley 14.046. Prevé el aplazamiento y cancelación de servicios, reservas y eventos en los sectores turístico y cultural debido a la pandemia Covid-19

El Gobierno de Brasil publicó en el Diario Oficial de la Federación del 24 de agosto, la Ley 14.046 de 2020, la cual regula la cancelación y la reprogramación de servicios, reservas y eventos turísticos y culturales, que se hayan visto afectados por la pandemia. La norma, impulsada por el Ejecutivo y validada por el Congreso, garantiza al pasajero la posibilidad de reprogramar o de acceder a una devolución, pero preservando la sostenibilidad financiera de las empresas prestadoras.

Según se detalla en el texto, para solicitar el cambio de reserva sin costo adicional, tarifa o multa el cliente tendrá un plazo de 120 días contados desde la comunicación del aplazamiento o cancelación de servicios, o hasta 30 días antes de la realización del evento. Así, se podrá reprogramar en un plazo de hasta 18 meses, a partir de la fecha del cierre del estado de calamidad pública. En cambio, el crédito puede ser usado por el consumidor hasta en 12 meses, siempre que se cumpla el plazo para el cierre del estado de calamidad pública.

Ahora bien, si el proveedor por alguna razón no puede reprogramar el servicio u ofrecer un crédito al consumidor, entonces debe reembolsar el monto recibido en un plazo de hasta 12 meses, a partir de la fecha de cierre del estado de calamidad pública. De este modo, hoteles, agencias, transportistas y otros prestadores quedan liberados de efectuar reembolsos inmediatos.

Entre los prestadores alcanzados a ley incluye explícitamente a “medios de alojamiento; agencias de turismo; transportistas turísticos; organizadores de eventos; parques temáticos; campamentos turísticos; restaurantes; cafeterías; barras y similares; centros o espacios para convenciones o ferias y exposiciones, y similares; parques acuáticos y desarrollos con equipos de entretenimiento y esparcimiento; marinas y emprendimientos para apoyar el turismo náutico o la pesca deportiva; salas de conciertos y equipo de entretenimiento turístico; organizadores, promotores y proveedores de servicios de infraestructura, arrendamiento de equipos y ensambladores de ferias, exposiciones y eventos; alquiler de coches para turistas; y prestadores de servicios especializados en la realización y promoción de las diversas modalidades de los segmentos turísticos, incluyendo atractivos turísticos y empresas planificadoras.

Brasil_Ley14.046.

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