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Rosario legalizó Uber y DiDi: qué establece la nueva ordenanza de aplicaciones de transporte

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El Concejo Municipal aprobó por 18 votos contra 10 el proyecto del intendente Pablo Javkin. Las tarifas serán libres, los conductores necesitarán licencia profesional y los taxis conservan la exclusividad de las paradas y de levantar pasajeros en la calle. La Ordenanza aún no se publicó en el Boletín Municipal ni fue reglamentada.

Después de meses de debate en comisiones, el Concejo Municipal de Rosario aprobó el jueves 29 de octubre la ordenanza que regula la actividad de las plataformas de transporte de pasajeros como Uber y DiDi. Hasta ahora estas apps funcionaban en la ciudad al margen de la ley. La norma, impulsada por el Departamento Ejecutivo, salió con 18 votos afirmativos de los bloques Unidos y La Libertad Avanza. Los 10 votos en contra fueron de Ciudad Futura y del peronismo.

La ordenanza modifica la N.º 10.544 de 2023, que solo contemplaba plataformas de intermediación para taxis y remises. El nuevo texto autoriza tres modalidades: taxis, remises y el servicio privado de movilidad, la figura que creó la Ley nacional 27.802 de Modernización Laboral. Esa ley rige desde marzo de 2026 y considera a los conductores de aplicaciones prestadores independientes.

Tarifas libres, con precio estimado antes de viajar

Uno de los puntos que más se discutió fue la tarifa. El borrador inicial fijaba un piso equivalente al boleto de colectivo urbano, pero el texto aprobado no tiene tarifa mínima. Los precios se fijarán libremente por oferta y demanda. La única condición es que el pasajero conozca el costo estimado antes de confirmar el viaje.

Requisitos para los conductores

Quienes manejen para una aplicación deberán:

  • tener al menos 18 años;
  • tener licencia de conducir profesional;
  • acreditar como mínimo un año de antigüedad en la licencia.

Los conductores con licencia particular B1 tienen seis meses para pasar a la categoría profesional D1, con una prórroga de otros seis meses.

Vehículos identificados y asegurados

Los autos deberán tener la VTV o la RTO aprobada y vigente para transporte de pasajeros. También necesitan un seguro que cubra expresamente los viajes contratados por plataforma, según la normativa de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Además, en el respaldo del asiento del acompañante tendrá que verse el nombre de la aplicación y un código QR con los datos del vehículo y del conductor. Así el pasajero puede verificar que quien lo busca es el chofer registrado.

Un registro de plataformas y el EMR como autoridad de control

La ordenanza crea el Registro de Plataformas Electrónicas de Transporte, que se publicará en el sitio de la Secretaría de Movilidad. Las autorizaciones duran cinco años mientras no cambien los titulares. Para inscribirse, las empresas deben tener:

  • domicilio en Rosario;
  • CUIT o inscripción ante ARCA;
  • certificado de antecedentes penales;
  • un representante o apoderado con actuación en la ciudad.

El Ente de la Movilidad de Rosario (EMR) será la autoridad de aplicación. Todos los meses las plataformas deberán enviarle datos anónimos sobre:

  • cantidad de viajes;
  • origen y destino;
  • kilómetros recorridos con y sin pasajero;
  • duración promedio de los trayectos.

Las empresas que ya operan en la ciudad tendrán 90 días corridos desde la promulgación para adecuarse.

Multas y sanciones

El régimen sancionatorio fija multas de entre 200 y 1.900 unidades fijas para conductores y titulares de vehículos. Para las plataformas, las multas van de 800 a 3.800 unidades fijas y pueden incluir la suspensión o la cancelación de la inscripción en el registro.

Taxis y remises: convivencia con exclusividades

Los taxistas y remiseros habilitados podrán sumarse a las aplicaciones sin perder sus licencias. Además, conservan la exclusividad de tomar pasajeros en la vía pública y de usar paradas y espacios reservados. Los autos de plataforma no podrán hacer ninguna de las dos cosas: solo podrán trabajar con viajes pedidos por la app.

Nuevas funciones para los usuarios

Las aplicaciones deberán permitir:

  • elegir conductor hombre, mujer o indistinto;
  • indicar si viaja el titular de la cuenta o un tercero;
  • avisar si viaja un menor de edad;
  • viajar con mascotas;
  • compartir el recorrido en tiempo real con otras personas.

Las motos, afuera

La ordenanza no habilita el transporte de pasajeros en moto. Además, el reparto de comidas, bebidas, productos de farmacia y mensajería sigue siendo exclusivo de las motos, como había pedido el sindicato de cadetes y repartidores. Taxis y remises solo podrán llevar mercadería cuando por su volumen no se pueda trasladar en moto.

Un debate que sigue abierto

En la oposición, el rechazo fue al modelo regulatorio más que a las aplicaciones. El concejal Leonardo Caruana planteó que el municipio necesita herramientas suficientes para fiscalizar y proteger a los usuarios. Fernanda Gigliani advirtió sobre los casos en que el conductor o el auto que llega no coinciden con los datos de la app, y sobre la cobertura de los seguros.

Desde el Ejecutivo, el secretario de Gobierno Sebastián Chale aseguró: “Vamos a ir rápido en esto” y “Esto le pone cierta normalidad a esta actividad”. Ahora falta la promulgación, la publicación en el Boletín Oficial y la reglamentación, que definirá cómo serán los controles.


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