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Resolución General 4315/2018 de AFIP. Modifica régimen de equipaje de viaje

Ahora tu computadora y celular son parte de tu equipaje.

A partir de hoy 28 de septiembre de 2018, se considera como objetos de uso personal o consumo a las computadoras portátiles (tipo notebook o tablet) y el teléfono celular. Estos objetos se suman a los artículos de vestir y aseo, así como periódicos y libros, entre otros.

Ahora puedes viajar con ellos, sin pagar los tributos aduaneros y no serán tenidos en cuenta en las franquicias establecidas:

Adultos

  • Vía terrestre o fluvial, tienen una franquicia por equipaje de USD 150
  • Vía marítima o aérea, tienen una franquicia por equipaje de USD 300

Menores y grupos familiares

  • Padres e hijos pueden usar la franquicia en forma conjunta
  • Los menores de 16 años tienen la franquicia al 50%

Ver RESOLUCIÓN 4315/18

Fecha de publicación: 28.09.18

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